Publicado el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios

Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen
normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios

Ya está disponible el nuevo Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios

 

Introducción

La sociedad actual demanda de las administraciones públicas la aplicación de una política que permita disminuir el impacto ambiental de la aplicación en los suelos agrarios de productos fertilizantes y otras fuentes de nutrientes o materia orgánica, toda vez se alcanza el nivel de producción agrícola necesario para proveer al sistema alimentario.
Por otro lado, la Comisión Europea también integra transversalmente la política
medioambiental y climática en las demás políticas comunitarias, como se refleja en el Pacto Verde Europeo. Entre las herramientas principales de este pacto en el sector agrario, se encuentra la Estrategia «De la granja a la mesa» que tiene por finalidad diseñar un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente. Esta estrategia impone unos objetivos ambientales muy ambiciosos entre los que se encuentra uno referido a la fertilización y buen estado agronómico de los suelos. Establece como meta reducir para 2030, al menos, a la mitad las pérdidas de nutrientes, sin deteriorar la fertilidad del suelo, lo que reducirá el uso de fertilizantes en al menos un 20 % de aquí a 2030. Por su parte, la Estrategia de la UE sobre biodiversidad hasta 2030 incorpora también esos mismos objetivos. De forma paralela, el anunciado Plan de Acción para la Gestión Integrada de nutrientes incidirá parcialmente en el mismo tema.

Aunque existen normas sectoriales que ya regulan aspectos concretos en el citado ámbito, se hace preciso aprobar una norma que establezca un marco general básico, de aplicación en toda España, para conseguir, regulando un aporte sostenible de nutrientes en los mencionados suelos, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y otros gases contaminantes, en especial el amoniaco, evitar la contaminación de las aguas, tanto superficiales como subterráneas, preservar y mejorar las propiedades biológicas de los suelos agrarios, potenciando su manejo como «suelos vivos», evitar la acumulación de metales pesados y otros contaminantes en los suelos agrarios, y preservar la biodiversidad ligada a los suelos agrarios.

Este marco general buscará además mantener y aumentar la capacidad de los suelos agrarios como sumideros de carbono y, por tanto, su papel clave para conseguir la neutralidad climática, así como fomentar la adaptación y mayor resiliencia a los impactos del cambio climático. En concreto, este real decreto es clave para activar la medida del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) sobre «Reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en los sectores agrícola y ganadero-Ajuste del aporte de nitrógeno a las necesidades del cultivo», contribuyendo por tanto a los objetivos de reducción de emisiones GEI del Reino de España a 2030. Así mismo, este Real Decreto contribuye al cumplimiento de los objetivos y requisitos de seguimiento y notificación de las absorciones de GEI establecidos en el Reglamento de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura (LULUCF) y sus  modificaciones.

De acuerdo con los datos ofrecidos por el Sistema Español de Inventario de Emisiones, en 2020 España superó 17,51 kt el límite de las emisiones de amoniaco que se habían asignado a través de la Directiva (UE) 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016 relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, debido, fundamentalmente a las actividades agrarias. En concreto, el 28 % se debía a la aplicación de las deyecciones del ganado en los suelos agrarios y un 17,2 % al uso de los fertilizantes nitrogenados
(fundamentalmente la urea) en la fertilización de los cultivos.

Esta situación obliga a prestar especial atención al manejo de estos materiales, con el fin de favorecer la implantación de un sistema alimentario más sostenible, capaz de disminuir las emisiones de amoniaco ligadas a la fertilización, a la vez que asegura la producción rentable para los agricultores, suficiente y variada de alimentos a precios asequibles, esencial en tiempos de crisis económica para garantizar la seguridad alimentaria. Se plantea, por lo tanto, el objetivo de avanzar en la implantación de las mejores técnicas disponibles, que garanticen que se alcanza el objetivo de disminuir a corto plazo un 3 % respecto al año 2005, año de referencia para estos cálculos, y el 16 % a partir de 2030, cumpliendo así el objetivo marcado en la mencionada Directiva (UE) 2016/2284. Es importante, no obstante, que el Sistema Español de Inventario de Emisiones pueda contabilizar los esfuerzos que se realizan en la agricultura española, a través de la cuantificación de las mejoras técnicas que se introducen. Ello conlleva la necesidad de implantar sistemas que permitan la recogida y análisis de los datos relacionados con estas buenas prácticas agrarias por las autoridades competentes, en particular, a través de los cuadernos digitales de los agricultores y la recogida de los datos de los diferentes operadores económicos.


Por lo tanto, este real decreto establece unas normas básicas para fertilizar racionalmente los cultivos, a través de unas buenas prácticas agrícolas mínimas que deben tenerse en cuenta al aplicar los nutrientes en los suelos agrarios. Además, se crea el registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes, con el doble objetivo de mejorar la vigilancia en el mercado, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por el que se regula la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE, y en el Real Decreto 506/2013, de 26 de junio, sobre productos fertilizantes, así como en el Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos, a la vez que se facilita la puesta en marcha de una recogida de datos que permitan mejorar el cálculo de las emisiones a la atmósfera derivadas del uso de los productos fertilizantes. Entre otras cuestiones, el presente real decreto regula la profesión de asesor en fertilización, que no se trata de una profesión regulada de acuerdo con el citado artículo 36 de la Constitución Española.


Tal y como se destaca en el preámbulo del Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, y se recoge en las estrategias europeas, el desarrollo de un plan de acción para la gestión de nutrientes, de forma global, tal y como se plantea en el presente real decreto, es una herramienta clave para alcanzar los objetivos de disminución del exceso de nutrientes y los problemas ambientales que se derivan de ello. Este real decreto anticipa el enfoque global de la gestión de nutrientes en el ámbito
de la agricultura.

El presente real decreto establece la creación de la sección de fertilizantes en el cuaderno de explotación y la información mínima que los agricultores deben incorporar al cuaderno de explotación en materia de aporte de nutrientes a los suelos agrarios, los requisitos mínimos de un plan de abonado, unas buenas prácticas agrícolas mínimas, comunes al territorio nacional, para aplicar los nutrientes a los suelos agrarios con independencia de su origen, si bien las comunidades autónomas pueden establecer normas adicionales o más restrictivas siempre que lo consideren necesario para mejorar la consecución de los objetivos del presente real decreto, en particular para evitar la contaminación de las aguas por nitratos provenientes del sector agrario y la creación de un Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes. Por lo demás, como buena práctica, se impulsará que los operadores anoten en el cuaderno de explotación la fecha de inicio del apilamiento de estiércol, productos fertilizantes orgánicos y otros materiales de origen orgánico.

Los comentarios están cerrados.